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DERECHOS
DEL CIUDADANO Y LA ADMINISTRACIÓN
Parece
pueril tratar en este escrito de Opinión sobre los
Derechos de los Ciudadanos reconocidos en las Leyes
y la conducta de la Administración Pública para respetarlos
y cumplirlos, pero resulta que no es así, nos encontramos,
un día sí y otro también, con casos concretos, que
afectan a amplios colectivos, que tienen que soportar
incomodidades y perder una cantidad de tiempo importante,
por que la Administración Pública no cumple la Ley
de Procedimiento Administrativo. El espíritu y la
letra de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Pública y Procedimiento Administrativo
Común, que data de 1992, aboga por conseguir un procedimiento
ágil y eficaz, evitando que el ciudadano sea reo de
la maraña burocrática establecida para resolver y
controlar los trámites administrativos. Me refiero
concretamente al artículo 35-f) de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, que bajo el epígrafe de los derechos
de los ciudadanos, concede el de "no presentar documentos…..,
que se encuentren en poder de la Administración…,".
Desde siempre la Administración ha tenido por costumbre
exigir a los ciudadanos, antes llamados súbditos,
una serie de documentos y justificantes, que se encontraban
en poder de la propia Administración o de cualquier
otra institucional, para que quede acreditado en el
expediente administrativo que reúne determinados requisitos
legales, que a su vez el ciudadano tiene que solicitar
del Órgano en donde se encuentre, lo que significa
presentar una petición escrita y esperar que te sea
expedido. O sea se molesta al ciudadano, sin que se
evite la actuación de la otra Administración que ha
de expedirlo. Más sencillo sería la intercomunicación
entre Administraciones, y además se cumpliría la Ley.
Pero es que si relacionamos dicho precepto con el
artículo 45 de la Ley procedimental, que invita a
las Administraciones Públicas a impulsar el empleo
y aplicación de las técnicas y medios electrónicos,
informáticos y telemáticos, para el desarrollo de
sus actividades, nos encontraríamos con la posibilidad
de comunicación entre Administraciones, para transmitirse
la información y documentos que ahora se les exige
a los ciudadanos y Entidades. La preocupación primordial
de los políticos se concreta en ofrecer eficacia y
nuevos servicios, sin reparar en que lo importante
será cumplir y hacer cumplir las Leyes, juramento
o promesa que realizan al tomar posesión del cargo
público. Ello lo deben recordar en su actividad diaria,
procurando que los órganos administrativos dependientes
de su jefatura, cumplan, entre otras, la Ley de Procedimiento
Administrativo, que exige el respeto de los derechos
de los ciudadanos.
Por Francisco de las Marinas Alférez
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