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DERECHOS
DE LAS PERSONAS MAYORES
Por
Francisco de las Marinas Alférez (*)
En nuestro ordenamiento jurídico existen derechos,
como el de alimentos a los ascendientes, que no se
sabe por que razón, su divulgación resulta poco adecuada
hasta el punto que parece que la sociedad pretende
ignorarlo. No obstante permanecen en nuestro Código
Civil, desde hace más de cien años. Se hace referencia
al Titulo VI del citado Código, denominado "De los
Alimentos entre parientes", definiendo en su artículo
142 el alcance cuando dice "que se entiende por alimentos
todo lo que es indispensable para el sustento, habitación,
vestido y asistencia médica." Y añadiendo a continuación,
el artículo 143, la obligación a darse alimentos recíprocamente
los ascendientes y los descendientes.
Suelen
conocerse por la mayoría de los ciudadanos .las obligaciones
que los padres contraen con los hijos de darles alimentos,
e incluso, en ocasiones los medios de comunicación
se hacen eco de sentencias judiciales, un poco exageradas,
cuando resultan condenados los padres a cumplir con
esta obligación con hijos de más de 25 años, no incapacitados,
que se resisten a buscar un medio de subsistencia.
Pero difícilmente se comenta la situación de los padres,
que no tienen medios propios para su manutención,
con hijos perfectamente situados económicamente, que
hayan reclamado y obtenido el derecho de "alimentos"
de sus descendientes.
La
sociedad civil y las instituciones públicas han de
concienciarse que este derecho, que se podría considerar
como natural, puesto que determina el apoyo mutuo
entre las familias, y que familia puede ser
más próxima que los padres y los hijos, tiene que
difundirse suficientemente para que los ciudadanos
no lo olviden, y reclamen su aplicación cuando, como
desgraciadamente ocurre, se produzcan situaciones
de desamparo de las personas mayores, por falta de
asistencia de sus hijos.
Las Cuartas Jornadas sobre Iniciativas para Personas
Mayores dedican la II Ponencia a estudiar y debatir
este derecho de familia, que será apoyada con una
Conferencia, a cargo de una profesora de Derecho Civil.
La Federación de Organizaciones de Mayores de la Comunidad
Valenciana (FOMCOVA), está organizando esta Jornadas,
que tendrán lugar durante los días 22 al 24 de noviembre,
en el Salón de Actos del Ateneo Mercantil.
(*)
Vicepresidente de CEOMA y Presidente de FOMCOVA
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